SITUACIÓN ACTUAL Y MARCO JURÍDICO DE LOS VINOS DE FRUTA EN VENEZUELA
Breve nota

[Vinodefruta.com, febrero de 2010]

Situación actual

Los vinos de fruta en Venezuela están prácticamente en su totalidad circunscritos a fábricas artesanales y su producción industrial es casi inexistente. Solamente se elabora en gran escala el vino de cambur o banano (Vino Pasita) que, si bien los volúmenes de producción no son muy altos, ha podido conservar una sólida posición en el mercado desde hace muchos años.

La mayoría de los vinos de frutas provienen de establecimientos artesanales

Los vinos de frutas artesanales que se ofrecen actualmente son casi en su totalidad estacionales, observándose el mayor  consumo en las festividades de fin de año. Son vinos elaborados en la mayoría de los casos sin conocimiento técnico suficiente pero con mucho empeño y tesón. La variabilidad en la calidad es notoria, pudiendo conseguirse vinos desde muy buenos hasta vinos simplemente imbebibles. Los más afamados son, sin duda alguna, los de mora y fresa, elaborados en el estado Mérida y otros estados andinos. Menos difundidos, pero de gran interés económico, son los de merey del oriente venezolano.

Se comercializan actualmente en el país vinos gasificados sugeridos como “de fruta” pero que en realidad no son más que vinos básicos de uva saborizados con agentes artificiales, generalmente de manzana. Caso similar es el de las sangrías, en las que se emplean combinaciones más o menos bien logradas de esos saborizantes pero de frutas mixtas. En todo caso, estos vinos no son elaborados por fermentación de jugos de frutas sino por fermentación de jugos de uvas, por lo que es un gran error considerarlos como vinos de frutas.

Marco jurídico

El marco regulador que rige actualmente en nuestro país la fabricación de vinos de fruta, reside en la “Ley de Impuesto Sobre Alcohol y Especies Alcohólicas” y su reglamento, de fecha 28 de julio de 2005 y es sólo a partir de esta fecha cuando se considera por vez primera la figura de los vinos artesanales. En ella se establece que la elaboración de bebidas alcohólicas será considerada artesanal cuando la producción no supere los 20.000l/año (1).

A las bebidas alcohólicas fabricadas bajo la figura de producto artesanal la ley les otorga un privilegio tributario al gravarle un único impuesto de 0,0054 unidades tributarias por cada litro producido (2). El beneficio obtenido por este tipo de bebidas es entonces un impuesto 60% menor que el similar retenido a las bebidas industriales.

Otro privilegio ganado a la causa de las bebidas alcohólicas artesanales es la exoneración de algunas tasas previstas en la Ley de Timbre Fiscal para quienes expenden, de manera exclusiva, estos productos (3).

Por otro lado, la actual ley impuesto al alcohol y a las especies alcohólicas, al igual que la anterior de 1985, adolece de una grave limitación en cuanto a la definición que hace de los vinos de frutas. Estas leyes, obviamente, son de carácter predominantemente fiscal y no contemplan elementos de calidad ni tecnológicos que puedan estar eventualmente involucrados en la fabricación de estos productos.

En su definición de vino de frutas el reglamento de esta ley establece (4) que la fruta base para elaborar un vino debe aportar por lo menos el 50% del azúcar a fermentar. Esto excluye la utilización de frutas de gran interés comercial como la parchita y el tamarindo en las que predomina la acidez sobre el dulzor pero que, con el adecuado tratamiento tecnológico, pueden rendir muy buenos vinos. También cabe preguntarnos ¿Por qué 50%? ¿Cuál ha sido la referencia tecnológica para establecer en 50 el valor límite?

Marcos González

Vinodefruta.com

mgonzalez@vinodefruta.com

-------------------------------------------------------------

(1) Artículo 3º, Ley de Impuesto Sobre Alcohol y Especies Alcohólicas del año 2005.

(2) Artículo 11º, Ley de Impuesto Sobre Alcohol y Especies Alcohólicas del año 2005.

(3) Artículo 26º, Ley de Impuesto Sobre Alcohol y Especies Alcohólicas del año 2005.

(4) Artículo 2º, inciso 22, Reglamento de la Ley de Impuesto Sobre Alcohol y Especies Alcohólicas del año 2005.

 

Este es un artículo original del sitio Vinodefruta.com.

Puedes referirlo o reproducirlo total o parcialmente. Solo te pedimos que coloques un enlace activo a él, de esa manera podremos continuar trabajando para ti.